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  • ¿Sabías qué comercializar productos a una tasa distinta a la oficial por el BCV es un delito?

    Es importante saber que las competencias monetarias EN VENEZUELA son manejadas exclusivamente por el Banco Central ¿Qué quiere decir esto? Que el bolívar es la única moneda oficial en Venezuela, y solo el Banco Central puede regular su uso. Establecido en el art. 318 de la CRBV.

    De acuerdo con el convenio cambiario Nro. 1 del BCV, el pago de deudas, servicios u otros en moneda extranjera presenta cierta flexibilidad. Generalmente, las partes pueden acordar pagar en divisas o en bolívares al tipo de cambio vigente del BCV. Es fundamental resaltar que el incumplimiento cambiario a tasa del BCV, puede constituir un delito de alteración fraudulenta de precios, penado con prisión de 8 a 10 años, según lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica de Precios Justos.

  • ¿Para transitar con un vehículo que no es de mi propiedad necesito una autorización del propietario?

    Muchas personas se preguntan si necesitan un permiso especial para conducir un vehículo que no les pertenece. Para circular legalmente por las vías venezolanas en un vehículo que no esté a tu nombre, no es necesario contar con una autorización escrita del propietario. Esto significa que, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos por el INTT, puedes conducir sin ningún problema.

    ¿Cuáles son los requisitos indispensables?

    Cédula de Identidad: Un documento fundamental para cualquier trámite en Venezuela.

    Licencia para Conducir: Asegúrate de que esté vigente y sea del tipo adecuado para el vehículo que conduces.

    Certificado Médico: Este documento certifica que estás en condiciones físicas para conducir.

    Seguro de Responsabilidad Civil: Es obligatorio y cubre los daños que puedas causar a terceros.

    Carnet de Circulación: Este documento acredita que el vehículo está registrado y autorizado para circular.

    Recuerda que conocer tus derechos es tu mejor defensa. ¡Infórmate y conduce seguro!

  • ¿Tienes conocimiento de la SEXTORCIÓN?

    La sextorsión es una de las muchas formas de chantaje sexual facilitado por la tecnología que implica la divulgación de material íntimo como imágenes sexuales, sin consentimiento. Dicha distribución se comete con la intención de dañar, humillar, explotar u obtener beneficios. 

    En el contexto legal venezolano el artículo 16 de la Ley contra el secuestro y la extorsión, aborda el delito de extorsión en forma amplia, estableciendo sanciones para aquellos que incurran en amenazas a cambio de beneficios indebidos, este artículo es aplicable para la sextorsión, proporcionando un marco legal para proteger a las víctimas y sancionar perpetradores de este tipo de actos.

    En caso de ser víctima de este flagelo, pueden dirigirse a la División de Extorsión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), o al Ministerio Público, como titular de la acción penal, quien cuenta con fiscalías especializadas para investigar este delito

  • Funcionalidad del nuevo Sistema electrónico y biométrico del SAREN

    El SAREN implementa nuevos sistemas electrónicos y biométricos para mejorar sus servicios registrales y notariales. Aquí te contamos lo esencial.

    El objeto de esta providencia es mejorar la calidad y eficiencia de los servicios, el SAREN usarán huellas digitales para identificar a las personas, agilizando trámites y garantizando seguridad.

    Este nuevo sistema electrónico permitirá llevar a cabo investigaciones forenses sobre los datos biométricos recolectados para verificar la autenticidad de la información.

    El SAREN se compromete a proteger tu privacidad. Tus datos personales serán tratados de manera confidencial y segura, cumpliendo con todas las leyes que protegen tu identidad y reputación.

    Además de revisar tu cédula o pasaporte, se tomarán huellas digitales, foto y firma electrónica, conectándose con el sistema del SAIME. Al igual que para el otorgamiento de los actos y negocios jurídicos

    La implementación de estos medios electrónicos y biométricos se aplicará de manera progresiva, iniciando en las notarías públicas ubicadas en la región capital. Paulatinamente, se irán incorporando el resto de las oficinas notariales y registrales a nivel nacional.

    Todo esto está publicado en la Gaceta Oficial N° 42.987 de fecha 17 de octubre de 2024